Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 1.952 y 1.953 del Código Civil; DECLARA: SIN LUGAR la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA incoada por los ciudadanos ZAIDA MARLENE GUERRERO APONTE, FRANCIS ANAIS GUERRERO APONTE y YAMIR LEONARDO GUERRERO APONTE todos plenamente identificados en autos, en contra del ciudadano ALCADIO PIÑERUA CASTILLO anteriormente identificado. Se condena en costas a la parte demandante sobre un 25% del monto estimado de la demanda, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese. Diaricese. Regístrese. Déjese copia para el copiador de sentencias.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primer.....