En virtud de las consideraciones expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de Ley declara:
ÚNICO: IMPROCEDENTE el mecanismo de regulación de competencia ejercido por el profesional del derecho Graciano Briñez Manzanero, actuando en representación de sus derechos e intereses, en el juicio que por reconocimiento de documento, ejerciere contra el ciudadano Wilmer Enrique Oviedo, en representación del ciudadano José Faustino Peña, plenamente identificados.
En consecuencia, resulta competente el Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, quedando incólume el auto dictado en fecha 17 de septiembre de 2015, que ordena al actor subsanar el escrito libelar conforme a las reglas que rige la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, dada la naturaleza de la acción. ....