En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) intentada por la ciudadana: CLARIBEL SOLEDAD VELAZQUEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-9.583.465 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.071, de este domicilio contra la ciudadana: CLAUDIA ELIZABETH OBANDO ALDANA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, divorciada y titular de la cédula de identidad Nº V-29.789.886. SEGUNDO: Se REVOCA la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO dictada por el Juzgado de los Municipios Sucre y Cruz Salmeron Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha dos (02) de Abril de Dos Mil Trece (2013). TERCERO: Se ordena a la Depositaria Judicial del Caribe, C.A. poner en posesión a la ciudadana CLAUDIA ELIZABETH OBANDO ALDANA, del vehículo de su propiedad plenamente identificado en autos. .....