DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación presentado por el profesional del derecho AMERICO PALMAR, Defensor Público Trigésimo Penal Ordinario e Indígena adscrito a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, con el carácter de Defensor de los ciudadanos RENIER OVIDIO PARRA QUEVEDO y RIGOBERTO JUNIOR JAIMES MATHEUS, en contra de la decisión No. 306-10, de fecha treinta (30) de Julio de 2010, dictada por el Tribunal Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, a los imputados antes mencionados, de conformidad con los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos d.....