PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 19 de febrero de 2009, por la abogada BETTY CALLES, actuando en su condición de apoderada judicial de la sociedad Mercantil CALLES S.A. (CALLESA), en contra de la decisión dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 18 de febrero de 2009, en el juicio de INTERDICTO DE AMPARO incoado por la Sociedad Mercantil CALLES S.A. (CALLESA), contra el ciudadano ENDER ENRÍQUE SOTO CANO, y de la empresa INVERSIONES ENSOCA C.A., plenamente identificados.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada en fecha 18 de febrero de 2009, dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
TERCERO: REPONE la causa al estado que el Tribunal de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que resulte competente, se pronu.....