Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal SEXTO de Primera Instancia Penal en Función de Control del Estado Monagas, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", CONDENA al acusado MANUEL JESUS RODRIGUEZ ZAPATA, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS Y SEIS MESES DE PRISION, por la comisión de los delitos de COAUTOR EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el 83 ambos del Código Penal y POSESIÓN ILÍCITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Explosivos, en perjuicio del Ciudadano ARIDES JOSE MARIN RAMIREZ y el Estado venezolano.-
Se condena igualmente a la pena accesoria prevista en el artículo 16 del Código Penal, y se exonera del pago de las costas, de conformidad al artículo 26 de la Carta magna.
se declara sin lugar la solicitado por el defensor publico en cuanto a que se le otorgo a su representado.....