Por las razones antes expuestas, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción del Estado Monagas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadana JOSE DE LOS ANGELES NIVAR, contra TALLER LAREDO MOTORS, C.A, se ordena pagar la cantidad de VEINTIDOS MIL CIENTO SETENTA BOLIVARES CON SETENTA Y DOS BOLIVARES (Bs. 22.170,72), por los siguientes conceptos: antigüedad, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades y ticket de alimentación. SEGUNDO: Se acuerda el nombramiento de un experto contable a los fines de que realicé la experticia. TERCERO: Hay condena en costa dada la naturaleza de la presente decisión. CUARTO: Notifíquese a las partes de la presente decisión por haber sido publicada fuera del lapso.
Publíquese, Regístrese y Notifíques.....