El Tribunal deja constancia que seguidamente el demandado ¿ notificado, procedió a desocupar voluntariamente el inmueble donde se está constituido. Desocupado como ha sido el referido bien inmueble, y habiéndose verificado la entrega voluntaria del mismo a la demandante, queda en posesión de dicho inmueble la ciudadana GRISELDA MÉNDEZ DE ROMERO, ya identificada. Cumplido como ha sido el exhorto conferido y por expresa solicitud de la parte ejecutante, se ordena remitir el presente despacho al Juzgado de la Causa a la mayor brevedad posible, e igualmente se ordena certificar las presentes actuaciones para que sean archivadas en este Juzgado Ejecutor.