este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, en la demanda incoada por la abogada en ejercicio SHARDA BUDHRANI, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 130.505, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana GABRIELA DEL CARMEN CEDEÑO MARTINEZ titular de la cédula de identidad Nº V-25.157.023, en contra de la Sociedad Mercantil YOGURINO VENEZUELA C.A., por cobro de PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, signada con el Nº OP02-L-2017-000134, de conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte demandante, a los fines que tenga conocimiento de la presente decisión. TERCERO: No.....