Por los fundamentos expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por la ciudadana KAREN DEL CARMEN TORRES PINEDA, contra el ciudadano VÍCTOR DANIEL PAZ DELGADO, fundamentada en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil, en consecuencia queda disuelto el matrimonio contraído en fecha 23 de julio de 2010, por ante el Registrador Civil de la Parroquia Luis de Vicente del Municipio Mara del Estado Zulia.
SE CONDENA a la parte demandada al pago de las costas procesales de esta Instancia por haber sido vencida totalmente, conforme al artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.