Por los fundamentos antes esgrimidos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SUSPENDIDO el presente juicio contentivo de ejecución de hipoteca, incoado por la sociedad mercantil INVERPYME, C.A., contra los ciudadanos Jairo Alfonso Florez Galviz y Lady Blanco de Florez; la referida suspensión se mantendrá hasta tanto, las partes intervinientes acrediten en actas haber cumplido con la fase administrativa previa, regulada en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, luego de lo cual, y según las resultas obtenidas en el misma, continuará su curso.