Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara:
1.- COMPETENTE para conocer el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por la ciudadana MARIA LUCIA ARAUJO DE AZEVEDO, en su condición de Representante Legal de la SOCIEDAD MERCANTIL SU SUEÑO EN HIERRO C.A., asistida por la profesional del derecho IDALIA CHAVEZ, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa, de fecha 06 de Mayo de 2010, dictada por la DIRECCIÓN ESTATAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO ZULIA (DIRESAT ZULIA).
2.- SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho el recurso interpuesto; y en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa SE ORDENA NOTIFICAR al ciudadano DIRECTOR ESTATAL D.....