Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Extinción de la Acción Penal de la Causa y como consecuencia dicta el Sobreseimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 48 ordinal 6° en concordancia con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico procesal Pena, a favor del ciudadano JUAN CARLOS NAVA, nacionalidad Venezolana, natural de los Puertos de Altagracia, titular de la Cédula de Identidad N° 10.451.843, de 43 años de edad, agricultor, hijo de Miguel Pérez y de Misian Nava y residenciado en el vía a Carrasqueño, sector La Eneita, detrás del Colegio Nueva Eneita, Casa N° 32 Municipio Mara del Estado Zulia; por la comisión del delito TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS, previsto y sancionado en el artículo 83 de la Ley Sobre Sustancias, Materiales y .....