JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1°) CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante abogada ODALIS CORCHO en su carácter de Procuradora de Trabajadores del Estado Zulia, en contra de la decisión de fecha 23 de Septiembre de 2009 dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; 2°) SE REPONE LA CAUSA AL ESTADO DE QUE el referido Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, DICTE SENTENCIA CONFORME A LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS DECLARADA EN ACTA DE FECHA 14 DE AGOSTO DE 2009 FOLIO (37).-