"...este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo en todo caso los derechos de terceros, declara a los ciudadanos: FRANCISCA DIAZ DE CELI y SERGIO CELI DIAZ, plenamente identificados en autos, como LOS UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante, OMERO SERGIO ADOLFO CELI.."