DISPOSITIVO
Con fundamento a las consideraciones de hecho, derecho y doctrinarias ut supra referidas, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante, FRANIA BEATRIZ PAREDES ARENAS, quien en vida fue venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad Nº V.-4.520.296, fallecida ab-intestato en fecha Diez (10) de Agosto de 2020, según consta en el Acta de Defunción Nº 652, emitida por la Unidad del Registro Civil de la Parroquia Bolívar del Municipio Maracaibo de Estado Zulia, de fecha once (11) de Agosto de 2025, , y quien en vida era legitima Hermana de los ciudadanos: BIBARDO PAREDES ARENAS, LOMBARDO PAREDES ARENAS, IRALIA PAREDES ARENAS y GRACIELA JOSEFINA PAREDES VALE, venezolan.....