Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO REALIZADO POR LA ABOGADA EN EJERCICIO, ciudadana IRIS SANTIAGO DE REYES, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 40.658, en su carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos DANIELLA CAROLINA SANTIAGO y HENDERSON JOSÉ MATOS PALENCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 20.216.146 y 21.188.637 respectivamente, la primera domiciliada en la calle 19 de Abril con Avenida Carnevali, Cabimas, Parroquia Carmen Herrera del Municipio Cabimas del Estado Zulia y el segundo domiciliado en la calle Unión, casa s/n, Urbanización Libertad, Parroquia Libertad del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, se le imparte la aprobación y judicial decreto, pasándolo .....