Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los causantes ESCOLASTICA TROCONIS DE MATA y LUIS EMIRO MATA, a los ciudadanos ANA JULIA MATA TROCONIS, MARIA DE JESUS MATA TROCONIS, ROBERTINA MATA TROCONIS, SANTIAGO SUCRE MATA TROCONIS, BETY MARGARITA MATA TROCONIS, en su condición de hijos y a los ciudadanos LUIS JESUS SALUSTIA RAMOS BORGES, ROSALINDA MATA AGUILAR, en su condición de Nietos, en razón de ser hijos legítimos de los ciudadanos LUIS ANGEL RAMOS TROCONIS (difunto) y GILBERTO ANTONIO MATA TROCONIS (difunto), antes identificados. Se dejan a salvo los derechos de terceros.