Decisiones del dia 26/09/2011
N° Expediente :
KP01-R-2011-000349
N° Sentencia :
Fecha: 26/09/2011
Procedimiento: Privacion Judicial Preventiva De Libertad
Partes: RECURRENTE:ABOGADO OMAR FLORES, EN SU CONDICIÓN DE DEFENSOR PRIVADO DEL CIUDADANO ERNESTO JOSÉ RÍOS MEDINA. RECURRIDO: TRIBUNAL PRIMERO DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA.-
Resumen:
esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado Omar Flores, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Ernesto José Ríos Medina, contra la decisión proferida en fecha 16 de mayo de 2011 y motivada en fecha 18 de mayo de 2011, por el Juez Primero de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencias y Medidas, del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en el asunto signado bajo el Nº KP01-S-2011-002656; mediante la cual decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de su defendido, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Queda CONFIRMADA la Decisión del Tribunal a quo.
Juez/Ponente:
Arnaldo Rafael Villarroel Sandoval
Organo:
Corte de Apelaciones Sala 1
N° Expediente :
KP11-P-2011-001628
N° Sentencia :
Fecha: 26/09/2011
Procedimiento: Suspensión Condicional Del Proceso
Partes: ABG. MARILUZ CASTEJON, FISCAL 25 DEL MP, DEFENSA PUBLICA, IMPUTADO NICOLAS JOSE CAMACHO
Resumen:
FINALIZADA LA AUDIENIA EL TRIBUNAL DECIDE EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:
PRIMERO. Verificado los requisitos del art. 104 de la Ley especial que rige la materia, por cumplir con todos los requisitos legales, Se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía del Ministerio Público en contra del ciudadano NICOLAS JOSE CAMACHO, C.I Nº 4.803.126, por el delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Admite conforme al ordinal 9° del Art. 330 del Código Orgánico Procesal Penal por ser legales, licitas y necesarias y pertinentes al juicio oral y publico los medios de prueba presentadas por el Fiscal del Ministerio Público, único promoverte, medios estos a los que se acoge, la defensa. Una vez admitida la acusación y pruebas el Tribunal cede la palabra a al Imputado nuevamente quien ya impuesto de los Medios Alternativos a la Prosecución del proceso procedentes y de .....
Juez/Ponente:
Mariluz Castejon
Organo:
Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en Funciones de Control