Por los fundamentos expuestos, éste JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MACHIQUES DE PERIJÁ Y ROSARIO DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en MACHIQUES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la demanda POR DESALOJO DE INMUEBLE incoada por la ciudadana EVELIN MARIA BARRIOS SIMANCA, titular de la Cédula de Identidad No. V-16.548.118, en contra del ciudadano MIGUEL ANGEL MARTINEZ, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. V-10.676.318 y en consecuencia se ordena la entrega del inmueble arrendado totalmente desocupado de personas y cosas, el pago de la cantidad de SEISCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.-600.000,00) por concepto de indemnización, sí como, las costas costos y honorarios profesionales. ASÍ SE DECIDE.