1.- Se le Prohíbe al Ciudadano LOUREIRO COA, comunicarse de cualquier forma con la ciudadana LILIANA DEL CARMEN PASTENA MARTINEZ, y su grupo familiar.
2.- Se prohíbe al Ciudadanos LOUREIRO COA, acercarse a la residencia o casa de habitación, sitio de trabajo o de estudio de la ciudadana LILIANA DEL CARMEN PASTENA MARTINEZ y su grupo familiar.
3.- Se les Prohíbe al Ciudadano LOUREIRO COA, ejercer cualquier tipo de presión, amenazas o coacción en contra de la ciudadana LILIANA DEL CARMEN PASTENA MARTINEZ, y su grupo familiar.
4.- Se ordena otorgarle la correspondiente custodia y vigilancia policial a los ciudadanos LILIANA DEL CARMEN PASTENA MARTINEZ, de sus hijos IDENTIFICACION OMITIDA, 4 años y 21 meses respectivamente, BILLY MICHAEL PASTENA MARTINEZ, cédula de identidad N° 18.126.025, de su esposo JAIRO EMIRO GONZALEZ ATENCIO, Cédula de Identidad N° 5.822.813, y el primo de su esposo de nombre JUAN CARLOS ATENCIO, para lo cual el Tribunal comisiona am.....