DISPOSITIVA:
Por todos los razonamiento de hecho y de derecho antes descritos, este Juzgado Único de Ejecución del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL a favor del ciudadano ANGELO JOSE ANDRADES RIVAS, quien FINALIZO el proceso al cual fue sometido en fecha 07 de Septiembre de 2015, según Resolución No. 263-2015, de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA SENTENCIA, consignando en el mismo acto, Constancia emitida la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación No. 1, Maracaibo Estado Zulia, de fecha 12 de Julio de 2016, de conformidad con el artículo 49 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal (COPP).-.
Regístrese y déjese copia certificada de esta decisión. Notifíquese a las partes. Remítase la presente causa a Archivo Judicial con oficio en su oportunidad legal. Cúmplase.
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