V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por la ciudadana LUISANA DEL VALLE FERNANDEZ VELÁSQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.233.583 contra el ciudadano CESAR OCTAVIO FONSECA AMAYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.450.570.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos en fecha 13 de diciembre de 2018, ante el Registro Civil del Municipio Mariño del estado Bolivariano de Nueva Esparta, según Acta inserta bajo el Nº 189 en el libro de Matrimonios de dicho Registro Civil correspondiente al año 2018.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA CERTIFICADA y PARTICÍPESE, lo conducente a .....