Por los Fundamentos de hecho y derecho antes expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO CONSTITUIDO DE MANERA UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO DECLARA "CULPABLE" a los ciudadanos LENYN URIEL FLOREZ CAMPO, titular de la cédula de identidad V. 17.233.715 y LUIS MIGUEL MAJARES, titular de la cédula de identidad V.24738634, por ser COMPLICE en el delito de EXTORSION previsto y sancionada en los artículos 16 y 11 de la ley contra el Secuestro y la extorsión, Cometido en perjuicio de ENDRY AVILA Y YORMAN AVILA, lo condena a cumplir la pena de 7 AÑOS y 6 MESES_DE PRISIÓN, delito este cometido en perjuicio de los ciudadanos ENDRY AVILA Y YORMAN AVILA. SEGUNDO: Se mantiene a los acusados privados de su libertad, y cuando esta Sentencia quede definitivamente firme, será el Juzgado de Ejecución que le corresponda conocer por dis.....