Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, con competencia en el régimen procesal transitorio, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por RAMÓN HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad No. V-10.603.668, asistido por la Abogada en Ejercicio JAZMIN RICHARD, Inpreabogado No. 46.535, en contra de ZENAIRA QUINTERO, titular de la cedula de identidad No. V-10.085.287, asistida por el abogado en ejercicio ALFREDO AMAYA, Inpreabogado No. 51.624, de conformidad con la causal segunda del artículo 185 del Código Civil referida al abandono voluntario.
¿ DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Benito del Municipio Cabimas del Estado Zulia, tal como se evidencia en.....