Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
1) La HOMOLOGACIÓN, por lo que se le da el carácter de cosa juzgada, al convenimiento celebrado entre la parte demandante FUNDO SAN MARTÍN, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA", inscrita originariamente por ante el Registro de Comercio llevado por la Secretaria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 02 de Octubre de 1.964, quedando inscrito bajo el Nº 70, Folios 204 al 208, Tomo XVII, representado por los abogados RAÚL TINEO y CARLOS OCANDO, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 46.445 y 22.223 respectivamente, d.....