Visto el cumplimiento voluntario del pago de los conceptos condenados en la Dispositiva del fallo dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta y la suma resultante de la Experticia Complementaria cursante a los folios del 386 al 391 del expediente; en ese sentido, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACION; del mismo modo, se ordena el archivo del presente expediente en su debida oportunidad. Líbrese Oficio.-