Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, en el cuaderno separado de medidas aperturado con ocasión al juicio que por NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA, sigue el ciudadano NELSON ENRIQUE VILLASMIL MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.731.766, actuando en nombre propio y en representación sin poder de conformidad con lo establecido en el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, de las ciudadanas MAYULY DEL CARMEN VILLASMIL MARCANO y GINET NINOSKA VILLASMIL MARCANO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-8.737.734 y V-8.737.733 respectivamente, en su condición de herederos del de cujus, ciudadano NELSON ENRIQUE VILLASMIL, quien en vida fuese venezolano, mayor de edad, titular de la cédula d.....