Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) PRIMERO: Se DECLARA LA REVOCATORIA del auto dictado por este tribunal en fecha primero (1º) de noviembre de 2018, mediante el cual se acordó el abocamiento de quien suscribe.
2º) SEGUNDO: SE DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en relación al juicio que partición de comunidad hereditaria y enriquecimiento ilícito, propusieran los ciudadanos Unaldo Humberto Urdaneta Duarte, Asnaldo Emiro Urdaneta Duarte, Oswaldo del Carmen Urdaneta Duarte, Jesús María Paz Duarte (+), Ilba Rita Godoy Urdaneta, Aixa Karina Godoy Urdaneta, Awilda del C. Godoy Urdaneta y Jonathan J. Godoy Urdaneta, venezolanos, mayores de edad, identificados con los números de cédula de identidad 1.076.318, 1.655.007, 1.595.3.....