DECLARA:
A.- APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha Veintiséis (26) de Junio de 2014 por ante este Tribunal, por los ciudadanos: CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ URDANETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.889.286, domiciliado en Jurisdicción del municipio Cabimas del estado Zulia, asistido por las Abogadas en Ejercicio MARY RIVERO VILLALOBOS y JAZMIN RICHARD MC GUIRE, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 61.943 y 46.535, respectivamente: y ANA MARITZA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.467.330, domiciliada en el municipio Cabimas del estado Zulia, asistida por los Abogados en Ejercicio YUDITH JOA DE CHAVEZ y ANGELO CHAVEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 31.819 y 176.552, respectivamente, en beneficio de los hijos de ambos, los niños y/o adolescentes: (Se omiten de conformidad a lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.....