En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se agota la cognición de la presente causa por éste Tribunal, a través de la cual en fecha 15 de noviembre de 2012, el abogado Julio César Núñez, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Unidad Educativa Nuestra Señora Del Camino, C.A., apeló de la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 12 de noviembre de 2012, en el juicio de Nulidad de Contrato de Préstamo, seguido por la sociedad mercantil Unidad Educativa Nuestra Señora del Camino, C.A., en contra del ciudadano Osmar Ramón Fuenmayor, todos plenamente identificados.
SEGUNDO: Se ordena remitir el presen.....