Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA LA CADUCIDAD DE LA ACCIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 1.525 del Código Civil, y en consecuencia extinguida la acción que por Saneamiento y Daños y Perjuicios, interpusiera la ciudadana Amanda Elizabeth Salgado Castillo de Mata, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.927.930, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 123.203, en contra de los ciudadanos Marisol Cristina Vergel Morán y Ender Gerardo González Ávila, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.704.823 y 11.280.041 respectivamente.
Se condena en costas a la parte demandante, por haber sido totalmente vencida en la presente incidencia, de conformidad con l.....