Decisión: DICTA DESPACHO SANEADOR en el sentido de ORDENARLE al ciudadano JOSÉ GREGORIO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° 10.318.743, que amplíe y subsane las omisiones y defectos señalados con precisión en el capítulo I de la presente resolución, así mismo, para que consigne las copias de las actuaciones procesales que considere pertinentes con el fin de sustentar su pretensión, asistido de abogado, para lo cual se le conceden dos (2) días hábiles contados a partir de la constancia en actas de su notificación, con la advertencia que si no subsana los vicios –en que incurrió- la acción de amparo propuesta puede ser declarada inadmisible de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.