este Tribunal Octavo de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano FERMÍN SEGUNDO JIMÉNEZ en contra del MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA.
SEGUNDO: SE ORDENA LA EJECUCIÓN INMEDIATA E INCONDICIONAL DE LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 0043, de fecha 25 de febrero de 2010, dictada por la Inspectoría de Maracaibo, a saber el pago de los bonos de disponibilidad y permanencia que le fueron dejados de cancelar al quejoso desde el 15 de diciembre de 2008, y al traslado a su sitio de trabajo que tenía antes que fuera trasladado a los galpones o depósitos del MUNICIPIO MARACAIBO, ubicados en la Zona Industrial.
Publíquese, Regístrese.
Déjese copia certificada p.....