Por las consideraciones antes expuestas éste Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la inhibición para conocer la presente causa planteada por la Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS, en su carácter de Jueza Superior Temporal en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.
SEGUNDO: Se dispone que la Jueza inhibida no continúe conociendo el presente juicio, por existir causal legal que se lo impide.- Remítase al Juzgado
antes mencionado Copia Certificada de la presente decisión para que esté en conocimiento de la misma. Líbrese el oficio correspondiente.-
TERCERO: En consecuencia, el Juez Superior Accidental designado y abocado al conocimiento de esta causa, decidirá el fondo del asunto sometido al re.....