...este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la cuestión previa contenida en el numeral 4º, del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, por lo que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 354 del Código de Procedimiento Civil, debe la parte actora subsanar dicho defecto, dentro de la oportunidad procesal, a que alude al artículo 350 eiusdem, ya que de no hacerlo el proceso quedará extinguido, acarreando con ello que esta demanda solo pueda ser propuesta de nuevo pasado los noventa días siguientes a la presente fecha, tal y como lo establece el artículo 271 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: CON LUGAR la cuestión previa contenida en los numerales 8º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la representación judici.....