DISPOSITIVA:
Este Tribunal una vez oídas las exposiciones de las partes, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se admite totalmente el libelo acusatorio presentado por la Fiscalia 20º del Ministerio Publico de la circunscripción del estado Lara. SEGUNDO: Se admiten todos los medios de pruebas promovidas por el Fiscal del Ministerio Publico, por ser licitas, legales y pertinente. TERCERO: Se acuerda Mantener las medidas de seguridad y protección contenida en el Artículo 87 numerales 5º y 6º de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia; así como las medidas cautelares. CUARTO: Se admiten las pruebas documentales y testimoniales promovidas por la Defensa Privada en atención al Derecho a la Defensa del Acusado. QUINTO: Se ordena el enjuiciamiento del acusado JIMMY ALEXANDER ESCALONA ALVAREZ, titular de la cedula de identidad Nº 18.135.820, por.....