DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada YULA MORENO, en su carácter de Defensora Pública Primero en materia sobre el Derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano ALFREDO MORALES PÉREZ, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 11 de Abril de 2010 y, SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida.
Publíquese y regístrese en el libro respectivo, déjese copia certificada en archivo y remítase la presente causa e.....