Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este Juzgado Séptimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: La PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN en la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano BARTOLOMÉ DE JESÚS PARRA contra el INSTITUTO AUTÓNOMO POLICÍA DEL MUNICIPIO SAN FRANCISCO (POLISUR).
Se condena en costas a la parte demandante.