Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO formulada por la abogada en ejercicio Andreina Beatriz Cárdenas Suarez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 186.919, actuando como apoderada judicial de la ciudadana Gladys Coromoto Baldes Escalona, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.831.466, según consta de poder otorgado ante el Notario Segundo del Circulo de Bello-Antioquia Carlos Eduardo Sevilla Cadavid, en la República de Colombia, el día catorce (14) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), debidamente apostillado bajo el Nro. A2YCO947168701; y el ciudadano Wilmer Amable Salazar González, venezolano, mayor de edad, titul.....