es por lo que esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, declarar: PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Autorización Judicial (Pasaporte y Visa Norteamericana), incoada por el ciudadano Iad Hamze, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº E-82.082.175, en beneficio de su hijo, el adolescente IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, de doce (12) años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-27.202.238. SEGUNDO: AUTORIZA al ciudadano Iad Hamze, antes identificado, para que acuda ante las autoridad competente a realizar los trámites necesarios tendentes a la obtención del Pasaporte y Visa Norteamericana que requiere el adolescente IDENTIDAD OMITID.....