Vistos y analizados los anteriores particulares, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR las solicitudes de revisión de la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad hecha por la Defensa representada por el Dr. ANGEL FERNANDO ROSARIO, impuesta a los acusados PASTORA DEL VALLE HERNANDEZ y LUIS ANGEL VICENT, decretando en su lugar la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de presentación cada treinta (30) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Circunscripción Judicial ubicada en el Palacio de Justicia de la ciudad de La Asunción, y la prohibición de salir de la jurisdicción del Tribunal sin previa autorización de éste, hasta tanto concluya el juicio a tenor de lo previsto en los ordinales 3º y 4° del articulo 256 del Código Orgánico Procesal P.....