Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus PLINIO ALBERTO VILLALOBOS PAZ a los ciudadanos RICARDO ALBERTO VILLALOBOS PORTILLO, GUILLERMO JOSÉ, MARIBEL BEATRIZ, MORAIMA CECILIA, EDUARDO EMIRO, CARLOS ALBERTO, RAIZA JOSEFINA, MARLENE ROCIO, ZORAIDA MARGARITA, MAGALY COROMOTO, YADIRA CHIQUINQUIRA, ZULEIMA DEL CARMEN, TULIA MERCEDES, HUMBERTO ENRIQUE VILLALOBOS PORTILLO, ALBERTO JOSÉ VILLALOBOS CASTILLO y JUAN CARLOS VILLALOBOS CASTILLO, en su condición de hijos. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
Se declara terminado el presente procedimiento; devuélvanse los originales, previa certificación de los mismos en actas.