DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este los fundamentos antes expuestos, éste Tribunal Segundo de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar el Procedimiento de Aprehensión en Flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al del ciudadano ALEXIS RAMON POLANCO CADENAS, Venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento 04-11-1969, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad No 9.783.366, de profesión obrero, hijo de soltero, residenciado en el Barrio San José, calle 92D, No 18-20, Maracaibo Estado Zulia, de conformidad con el artículo 256 de.....