DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la demanda que por Diferencia de Presiones sociales tienen incoada los ciudadanos LUIS RAFAEL GONZÁLEZ SANCHEZ y EURO ANTONIO PÉREZ AZUAJE, en contra la Sociedad Mercantil MAERSK DRILLING VENEZUELA, S.A.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 68 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.