Por los motivos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuso el ciudadano ALEXANDRA TORREALBA, en contra de la sociedad mercantil AUTO SERVICIOS MARA C.A, (suficientemente identificados en las actas procesales).-
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a cancelar la suma de SIETE MIL CIENTO OCHENTA Y TRES BOLÍVARES CON DIECISIETE CÉNTIMOS (Bs. 7.183,17); a esta cantidad, se le sumarán los intereses de mora, así como la indexación o ajuste por inflación que deberán ser calculados mediante una experticia complementaria del fallo, que debe ser practicada por un solo perito designado por el Tribunal, en base a los siguientes parámetros:
a) El cálculo de los .....