DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta CORTE SUPERIOR DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley: Declara: PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de sentencia, interpuesto por el ciudadano DAVID DARIO BARROSO CHIRINOS, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 117.275, actuando con el carácter de defensor -para el momento de su interposición- del adolescente (se omite la identificación de conformidad con lo previsto en el artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en contra de la Sentencia N° 40-08, dictada en fecha 05 de junio de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, todo ello, conforme a lo previsto en el artículo 613 de la Ley Orgánica para la Protección de Niñ.....