Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE: PRIMERO: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero por concepto de PRESTACIONES SOCIALES, Y FIDEICOMISOS, que le pudiera corresponder al ciudadano HARRY RAFAEL PETIT MENDOZA, como trabajador al servicio de la mencionada empresa, para el momento del retiro del lugar de trabajo por la causa que fuera, y una vez se haga efectiva la presente medida la cantidad correspondiente deberá ser remitida en Cheque de Gerencia al TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Sala de Juicio N° 2, Juez Unipersonal N° 2, participandole que la medida decretrada y ejecutada sobre las prestaciones sociales, fideicomiso e intereses, se remitiran al tribunal de la causa en todo caso de adelanto que se le hiciere al trabajador.- Este tribunal deja const.....