este Tribunal declara consumado dicho desistimiento y le dá el carácter de cosa juzgada. De igual forma, ordena devolver los originales solicitados, previa certificación de los mismos en actas, y por último ordena el archivo del expediente y su remisión al Archivo Judicial Regional. Devuélvanse. Archívese. Remítase. Así se decide.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.-