Se fija el plazo de cuarenta y cinco(45) días a la Fiscalía Trigésimo Octava del Ministerio Público, para que de conclusión a la investigación que desarrolla en el presente asunto penal respecto a la adolescente IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, venezolana, de quince(15) años de edad, soltera, fecha de nacimiento 21-04-92, titular de la cédula de identidad V-(SE OMITE), hija de los ciudadanos (SE OMITEN), domiciliada en (SE OMITE) Maracaibo, Estado Zulia. los cuales comenzarán a contarse a partir del día de hoy, veintiseis (26) de marzo de 2008.